¡Ovalema! ¡Ore Ñembyahyima!
(¡Basta! ¡Ya tenemos hambre!)
Con casi 400.000 hambrientos, y 2 millones en riesgo de estarlo, Paraguay vive la extraña contradicción de producir comida para millones de personas y no logra la vigencia del derecho a la alimentación de sus propios habitantes.ll
Inés Franceschelli
Heñói – Fian Paraguay
- Introducción
En el informe Derechos Humanos Paraguay 2015, el reporte sobre el estado del derecho a la alimentación (Imas, 2015: 173-184) se titulaba “El aumento de la indigencia en las zonas rurales”. El autor ponía énfasis en la vulnerabilidad alimentaria de los pueblos indígenas y el campesinado. Dos años después, es preciso informar que tal vulnerabilidad se evidencia en demandas concretas, cuando el 12 de octubre 2017, día en el que se conmemora la llegada de colonizadores a América, los indígenas del Paraguay se manifestaron clamando “¡Ovalema! ¡Ore Ñembyahyima!”(¡Basta! ¡Ya tenemos hambre!). En mayo se había hecho necesario asistir con alimentos a más de siete mil familias de Ñeembucu que, afectadas por las inundaciones, habían perdido todos sus recursos alimentarios. En junio la Municipalidad de San Lázaro (Concepción) había declarado emergencia alimentaria distrital, ya que los fenómenos climáticos producían hambre en la población.
En 1966, hace más de 50 años, Naciones Unidas afirmó a través del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), Artículo 11, que: “1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, (…). 2. Los Estados Partes en el presente Pacto, reconociendo el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre, adoptarán (…)las medidas, incluidos los programas concretos, que se necesitan para: a) Mejorar los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos mediante la plena utilización de los conocimientos técnicos y científicos, la divulgación de principios sobre nutrición y el perfeccionamiento o la reforma de los regímenes agrarios de modo que se logren la explotación y la utilización más eficaces de las riquezas naturales; (…)(las negritas son nuestras). Nuestro país tardó más de 25 años para ratificar este pacto, a través de la Ley Nº 4 de 1992. La contradicción actual entre el destino de millones de hectáreas de nuestras tierras y millones de litros de nuestras aguas, más abundantes créditos públicos y privados para la producción de commodities en condiciones favorables a la agroexportación; y el abandono del Estado a la agricultura campesina, productora de alimentos para la población local, ponen en evidencia que la ratificación del PIDESC no ha motivado que el país avance hacia la “explotación y la utilización más eficaces de las riquezas naturales”.
En 1999 las Naciones Unidas consideraron necesarias algunas aclaraciones sobre la cuestión de la alimentación, ya que “se advierte una disparidad inquietante entre las formas que se fijan en el artículo 11 del Pacto y la situación que existe en muchas partes del mundo”, es decir, aunque existiera el Pacto y estuviera ratificado, la cantidad de hambrientos en el mundo era demasiado alta. Así emitieron la Observación General Nº 12 que, entre otros conceptos, expresa: “El Comité considera que el contenido básico del derecho a la alimentación adecuada comprende: La disponibilidad de alimentos en cantidad y calidad suficientes para satisfacer las necesidades alimentarias de los individuos, sin sustancias nocivas, y aceptables para una cultura determinada; La accesibilidad de esos alimentos en formas que sean sostenibles y que no dificulten el goce de otros derechos humanos”.
Han pasado 18 años desde estas aclaraciones, de carácter universal, consensuadas por la mayoría de los países del mundo. Sin embargo Paraguay está aún lejos de la plena vigencia del derecho a la alimentación adecuada. Según la medición oficial dada a conocer en 2017 crecieron la cantidad de pobres y la de pobres extremos. Las cifras oficiales indican que 387.242 personas viven en situación de pobreza extrema (5,73% de la población), es decir, no alcanzan un ingreso diario de Gs. 7.836 (U$S 1,38) en la ciudad, y de Gs. 7.156 (U$S 1,26) en el campo, montos que según el Gobierno Nacional son suficientes para poder satisfacer las necesidades alimentarias[1].Por otra parte, 1.949.272 personas son pobres (28,86% de la población), es decir, están en riesgo de padecer hambre[2].
Al inicio del periodo observado en el presente informe (Noviembre 2016), nuestro país recibió la Misión de la Relatora Especial sobre el Derecho a la Alimentación, Hilal Elver, quien emitiera su Informe preliminar en enero de 2017, y el Informe final en marzo de este año[3]. La perspectiva observada por la relatora le permitió expresar una serie de recomendaciones al país, partiendo de un diagnóstico preocupante, que destaca “La falta de acceso a una alimentación adecuada y nutritiva sigue siendo un desafío en el Paraguay para alrededor del 10% de la población, que sigue subalimentada[4]. De acuerdo con el recientemente publicado Índice Global de Seguridad Alimentaria, el lugar 59 de 113 países y el puesto 9 entre los 18 países del Caribe y Sudamérica [5]”.
- Marco Normativo
El Paraguay, como Estado parte en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, tiene el deber de respetar, proteger y garantizar el derecho a la alimentación y se ha comprometido a adoptar las medidas apropiadas para garantizar la realización del derecho a un nivel de vida adecuado, incluyendo el acceso a alimentos adecuados. Es también parte en otros tratados internacionales de derechos humanos, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD, por su siglas en inglés), todos los cuales contienen disposiciones explícitamente vinculadas al derecho a una alimentación adecuada. En el Sistema Interamericano, el Paraguay es parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador). El Protocolo menciona expresamente que toda persona tiene derecho a una nutrición adecuada que le asegure la posibilidad de gozar del más alto nivel de desarrollo físico, emocional e intelectual.
La Constitución del Paraguay, en su artículo 137 resalta la importancia de los derechos fundamentales como componentes indispensables de un orden democrático y reconoce una amplia gama de derechos humanos. El derecho a la alimentación está consagrado en la Constitución, solo indirectamente o en relación con grupos específicos como son los niños y las niñas y las personas mayores de edad. El derecho a la alimentación está además protegido indirectamente en la misma carta magna en relación con los derechos a la vida, a la educación y la salud.
Sin embargo, la Relatora Especial Hilal Elver, en su informe de la Misión realizado este año, con relación al marco normativo que permitiría la exigibilidad del Derecho a la Alimentación, subrayó “la importancia del reconocimiento explícito en la legislación nacional del derecho a una alimentación adecuada. La justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales, incluido el derecho a una alimentación adecuada, permite a las personas que afirman ser víctimas de violaciones de estos derechos presentar una denuncia ante un órgano independiente e imparcial, solicitar remedios adecuados y hacer cumplir cualquier recurso. La Relatora Especial desea hacer hincapié en que, para proteger los derechos humanos, el recurso judicial es fundamental y que la ratificación de los Protocolos Facultativos del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención sobre los Derechos del Niño permitiría a las personas, incluidos los niños y las niñas, acceder a recursos eficaces”.
- Situación del Derecho a la Alimentación
En sucesivos informes acerca de la realización de los Derechos Humanos en Paraguay se ha puesto en evidencia la contradicción que significa que el país, por un lado “produzca alimentos para 70 millones de personas” en la modalidad de monocultivo de organismos genéticamente modificados (OGMs), particularmente soja y maíz, y por otro lado sostenga a cientos de miles de hambrientos entre su población
Es probablemente esta contradicción la raíz de la dificultad para la vigencia plena de este derecho, ya que se basa en el crecimiento sostenido de la superficie destinada a la producción de mercancías, y en contrapartida la disminución ininterrumpida de la producción campesina e indígena de alimentos. Esta contradicción pone al Paraguay ante un serio desafío de sostenibilidad; según el principio de la sostenibilidad, los Estados deben garantizar, mediante el desarrollo de medidas adecuadas y la regulación de los actores privados, que las prácticas que influyen en la alimentación, la tierra o los recursos naturales no pongan en peligro la disponibilidad de los alimentos a largo plazo ni su accesibilidad[6]. En este sentido, merece destacarse el comentario Número 81 del Informe de la Relatora Especial que expresa: “En el contexto de la agricultura industrial a gran escala, es vital que los planes y las políticas de desarrollo tomen en cuenta el verdadero costo de los métodos de producción sobre los recursos como suelos y agua, así como el impacto de la degradación ambiental en las generaciones futuras, en vez de enfocarse solo en la ganancias de corto plazo y el crecimiento económico”.
En el transcurso del periodo observado se produjeron evidencias de la inseguridad alimentaria en la que vive el país, fruto de esa contradicción, a saber:
- Gestión institucional y de políticas públicas.
En el informe de su Misión en Paraguay, la Relatora para el Derecho a la Alimentación, destacaba que “Una condición esencial para la adecuada implementación de los programas sociales es que los poderes legislativo y ejecutivo garanticen los recursos suficientes para su implementación y sostenibilidad. En este sentido, la Relatora Especial felicita al Paraguay por haber aumentado su gasto social del 12% a alrededor del 17% entre 2007 y 2014. De todas formas, en números absolutos, en 2014 la inversión en gastos sociales per cápita del Paraguay era menor a 500 dólares de los Estados Unidos per cápita, mientras que países vecinos como el Uruguay y Chile, invirtieron 2.200 y 3.000 dólares respectivamente per cápita (CEPAL, 2015)[7]”.
Durante el periodo observado el Ejecutivo Nacional promulgó el Decreto N°6.011/16 “Por medio del cual se declara situación de emergencia para refuerzo alimentario a los núcleos familiares que se encuentran en localidades rurales de la región oriental con 50% o más de incidencia de pobreza cuyos hijos asisten a instituciones Educativas de Gestión Oficial”. Una medida de urgencia para paliar la distancia entre las disposiciones normativas y la realidad alimentaria de la población.
- Disponibilidad de alimentos: políticas agrícolas.
En el informe ya mencionado, la Relatora Elver llama la atención acerca de que mientras Paraguay es el cuarto mayor exportador de soja y el sexto mayor exportador de carne bovina del mundo[8], la disponibilidad local de alimentos disminuye sostenidamente, registrando en 10 años un incremento de 300% de la importación de hortalizas y legumbres, y más de 400% la importación de frutas (Benítez, 2015). La falta de apoyo a la agricultura campesina, productora de alimentos, ha motivado demandas del sector campesino, destacándose, durante el periodo observado, la movilización de la Coordinadora Nacional Intersectorial que mantuvo movilizadas en la capital a miles de personas durante más de seis semanas. A resultas del esfuerzo demandante, el gobierno se vio obligado a acordar la sanción y aplicación de una Ley N° 5.868 “Que declara en emergencia nacional la agricultura familiar campesina en todo el territorio nacional”[9], que contempla impulsar con recursos financieros la reactivación productiva de la agricultura familiar, incluyendo la adquisición de maquinarias e implementos agrícolas; la garantía de seguridad alimentaria de las familias, a través de la entrega de kits de 40 kilos de alimentos a todas aquellas familias registradas en las listas elaboradas por la Coordinadora, y la implementación de un seguro agrícola de forma gradual para reducir los posibles riesgos que los pequeños agricultores puedan sufrir en sus cosechas por fenómenos climáticos y de otra índole. Los proyectistas habían expresado que “en el Paraguay el 90% de la agricultura familiar, de menos de 50 hectáreas, y el 83% de menos de 20 hectáreas están “en estado de descomposición, extrema pauperización, endeudamiento y acorralamiento por el proceso de la expansión del capital en el campo“[10]. Se pone de relieve que vastos sectores campesinos, no plegados a la Coordinadora Nacional Intersectorial (CNI), expresaron la relatividad de la conquista debido a que no resuelve el problema de fondo, cual es la falta de políticas efectivas para el desarrollo de la pequeña agricultura y la captura de los esfuerzos estatales a favor de grandes latifundistas y empresas transnacionales, que producen granos y carnes con modalidad extensiva y para la agroexportación[11].Nuevamente en octubre la CNI retomó la movilización por la falta de cumplimiento del Gobierno de la ley sancionada.[12]
La misma relatora Elver expresa, “No obstante, en vez de un esfuerzo por parte del Estado para fortalecer y estimular el sector –agricultura familiar campesina–se ha observado una disminución en el gasto público destinado a los programas dirigidos a la agricultura familiar. Este gasto representó alrededor del 0,14% del producto interno bruto en 2015, tasa muy inferior a la registrada en 2005 y 2012 con porcentajes de 0,42% y 0,41%, respectivamente[13]” (Benítez, 2016:14).
- Fenómenos climáticos que producen emergencias alimentarias.
El lunes 5 de junio de 2017 la Municipalidad de San Lázaro, localidad de 17.000 habitantes, del Departamento de Concepción, declaró emergencia alimentaria distrital. Familias de la zona padecían el aislamiento producto de lluvias sostenidas que, tras acabar con los cultivos de subsistencia, impedían labores y comunicaciones[14]. En esa misma época más de 30.000 damnificados del sur del país, de los departamentos de Ñeembucú (Distritos de Guazú Cua, Laureles, Tacuaras y San Juan), Misiones (Distrito de Yabebyry) e Itapúa, eran asistidos por la Secretaría de Emergencia Nacional SEN) debido a que intensas lluvias generaron la pérdida de cultivos de subsistencia y animales domésticos. El pasado 1 de octubre de 2017, una tormenta de pocas horas dejó graves daños a 3.500 familias y 152 escuelas en varias localidades del este del país[15]. Estos fenómenos climáticos extremos son cada vez más frecuentes, y aunque existe poca información crítica y nula intervención de las autoridades ambientales, diversas voces afirman que se deben a la completa deforestación padecida por la región oriental del país, y resultan evidencia del cambio climático. Es sabido que la población pobre –entre ellas la rural– es la más vulnerable al impacto del cambio climático, y que es responsabilidad de los Estados adoptar medidas de mitigación a estos fenómenos. Las medidas adoptadas por el Estado paraguayo han sido reactivas y consistieron exclusivamente en la entrega de alimentos no perecederos, que paliaron temporalmente el hambre pero no generaron las condiciones para la resiliencia de estas mismas familias en periodos posteriores a las catástrofes.
- Disminución de la producción de alimentos, creciente pérdida de soberanía alimentaria.
En el mes de junio de este año, el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE) divulgaba que entre 2013 y 2016 se duplicó la importación de productos vegetales (hortalizas y frutas)[16]. La ausencia de políticas de distribución de la tierra, de diversificación productiva, la falta de créditos para los pequeños productores, y la expansión sostenida de los monocultivos y la ganadería extensiva en propiedades cada vez más extensas, impactan directamente en la mesa de las familias del país, lo que deteriora progresivamente la soberanía alimentaria, en tanto que la población local depende de los alimentos que provienen de los países vecinos para sobrevivir.
- Cambios en la dieta.
La disminución de la disponibilidad de alimentos frescos, la oferta coercitiva de alimentos ultraprocesados, el alto precio de los alimentos, la creciente presión sobre el tiempo de las familias, en particular de las mujeres, son factores que, en el mundo, explican el incremento de enfermedades no transmisibles y lo que ya se considera en algunos países una pandemia de obesidad, sobrepeso y diabetes[17]. Según los datos del Sistema de Vigilancia Alimentario Nutricional (SISVAN), implementado por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN), del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, entre 2015 y 2016[18] la incidencia de sobrepeso en nuestro país se incrementó de 18,5% a 20,2%, y la de obesidad de 9,7% a 10,7%, en apenas un año. Este incremento se acentúa en niños/as entre 5 y 9 años de edad, donde el sobrepeso creció 2,9% y la obesidad 1%. Si bien el INAN no lo expresa, es razonable atribuir este fenómeno al incremento de alimentos ultraprocesados en la dieta: galletitas, fritos, refrescos, gaseosas, salchichas y embutidos son opciones baratas para resolver la ingesta calórica familiar, aunque el exceso de grasas, sal y azúcares cause estragos en la salud de la población.
- Acceso a la tierra del campesinado y de los pueblos indígenas
El acceso a la tierra y la seguridad de la tenencia también son esenciales para que los pequeños agricultores puedan lograr un nivel de vida digno. El derecho a la alimentación impone a los Estados la obligación de no privar a los particulares del acceso a los recursos productivos de los que dependen. No nos extenderemos en el análisis del acceso a la tierra en nuestro país, debidamente abordado en el capítulo sobre la Reforma Agraria del presente informe. Sin embargo este factor es una barrera fundamental en la vigencia del Derecho a la Alimentación en el Paraguay, dado que es el país con la mayor concentración y desigualdad en la tenencia de la tierra del continente.
- Uso excesivo de plaguicidas
La expansión del cultivo de soja en el Paraguay se ha visto acompañada por un uso excesivo de plaguicidas. De acuerdo al SENAVE, la importación de herbicidas aumentó en 500%, pesticidas en 300% e insecticidas en casi 1.400% entre 2009 y 2013[19]. Solamente en octubre de 2016 el Paraguay importó 78.000 toneladas de agroquímicos[20]. Al respecto, el informe de la Relatora Especial expresa “Teniendo en cuenta la indivisibilidad de los derechos humanos, el impacto adverso de los plaguicidas, además violar el derecho de acceso a alimentos adecuados y seguros, viola otros derechos humanos. El artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales otorga el derecho al más alto posible nivel de salud (párr. 1) y obliga a los Estados a tomar medidas para mejorar todos sus aspectos de la higiene del trabajo y del medio ambiente (párr. 2, apartado b). La exposición a plaguicidas, ya sea en el trabajo o en casa o por medio de residuos encontrados en los alimentos o en el agua, violaría el derecho de una persona al más alto nivel de salud alcanzable”.
- Especulación con el precio de los alimentos
Ante la falta de regulaciones, controles y políticas públicas en torno a la producción de alimentos, el mercado genera especulación con fines de lucro, sobre la tierra, los créditos y los propios alimentos. Esta especulación ha llevado la priorización de la agroexportación, desabasteciendo el mercado interno de alimentos de buena calidad a bajos precios. Millones de paraguayos y paraguayas deben recurrir por ello a los productos ingresados al país de contrabando desde países vecinos, que llegan sin ningún tipo de control, incluyendo el control sanitario, por parte de los entes públicos responsables, y a precios relativamente elevados y de permanente oscilación. Las familias en extrema pobreza terminan buscando alimentos por medio del reciclaje de basuras, consumiendo comida chatarra sin ningún valor nutricional, o dependiendo exclusivamente de la disponibilidad de comidas en comedores o escuelas públicas, las que no garantizan una provisión sostenida y permanente a la población. En estas condiciones, la población pobre, la mayoritaria del país, gasta actualmente gran parte de sus ingresos casi exclusivamente en la alimentación familiar, pues, los sueldos alcanzan solo para eso.
- Poblaciones más vulneradas
La relatora especial Hilal Elver ha destacado la necesidad de prestar atención especial a grupos de población más vulnerados en su derecho a la alimentación: los pueblos indígenas, las mujeres y las personas de edad.
En el caso de los pueblos indígenas, la pobreza y pobreza extrema impactan al 65% y 70% respectivamente. La pérdida de territorio, la deforestación total de sus bosques (fuentes fundamentales de alimentos y medicamentos), el desplazamiento a las ciudades, los ponen en un lugar de extrema necesidad alimentaria.
Las mujeres, por su parte, productoras de alimentos, actoras fundamentales en la finca campesina tradicional, no son visibilizadas como tales, no tienen acceso a créditos ni a programas que favorezcan el aseguramiento de su alimentación.
Las personas de más de 60 años, que constituyen el 10% de la población nacional, son en su mayoría dependientes económicamente, y resultan particularmente vulnerables a violaciones de derechos humanos en general, y del derecho a la alimentación en particular.
En los tres casos las políticas públicas que apuntan al aseguramiento de la vigencia de los derechos de estos grupos se caracterizan por su debilidad.
- Conclusiones y Recomendaciones
Durante el periodo observado el Paraguay no ha logrado avanzar significativamente en la lucha contra el hambre y la malnutrición. Los esfuerzos gubernamentales apuntan a garantizar la expansión de un modelo productivo destinado a producir renta a partir de la riqueza de los bienes comunes del país, con alto impacto negativo sobre la población más pobre, generando así una creciente conflictividad social, y daños ambientales severos.
Ante esta situación, nos permitimos transcribir textualmente las recomendaciones realizadas por la propia Relatora Especial para el Derecho a la Alimentación, Hilal Elver, que suscribimos:
“A fin de satisfacer plenamente sus obligaciones con relación a los derechos humanos en materia del derecho a la alimentación, el Paraguay debe:
- a) Ratificar el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño;
- b) Elaborar y adoptar una ley marco nacional de derecho a la alimentación basada en derechos humanos y con puntos de referencia y planes de ejecución eficaces para cada región. El marco presupuestario debería incluir también las medidas presupuestarias y fiscales necesarias, sostenibilidad a largo plazo, autoridades y organismos responsables de la aplicación y la adecuada supervisión y rendición de cuentas de los mecanismos establecidos y la participación plena y activa de todos los actores interesados, incluidos los más vulnerables al hambre;
- c) Promulgar legislación pendiente, incluyendo la Ley contra Todas las Formas de Discriminación, la Ley de la Extensión de la Reforma Agraria Integral, la Ley de Semillas Nativas y Criollas, así como los proyectos de ley pendientes con relación al derecho a la alimentación y nutrición adecuadas, en particular acelerar el proyecto de Ley del Derecho a la Soberanía Alimentaria y la Nutrición, y asignar los recursos presupuestarios y humanos para su efectiva implementación;
- d) Establecer un marco jurídico eficaz para la protección del medio ambiente, que incluya, en particular, la protección contra el uso de productos agroquímicos tóxicos, que establezca sanciones apropiadas para los que infringen la ley y una compensación adecuada de las personas afectadas y sistemas de monitoreo para su implementación;
- e) Promulgar una ley introduciendo impuestos sobre la exportación de granos, incluyendo la soya, ya que podría contribuir a aumentar el ingreso fiscal y por ende el gasto social;
- f) Proteger y promover la agricultura familiar como modelo productivo. El apoyo y los ingresos de los productores de alimentos a pequeña escala, en particular las mujeres, los pueblos indígenas y jóvenes, deberían ser aumentados, asegurando el acceso equitativo a la tierra y otros recursos productivos;
- g) Implementar la modalidad complementaria de contratación denominada proceso simplificado para la adquisición de productos agropecuarios de la agricultura familiar, en línea con el decreto gubernamental núm. 2000;
- h) Mejorar la protección contra los desalojos forzosos según los criterios establecidos por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales;
- i) Velar por la aplicación del programa de reforma agraria en el marco de la Constitución del Paraguay y el Programa Amplio de Reforma Agraria, con enfoque sobre el derecho de la mujer rural, con carácter prioritario;
- j) Modernizar y actualizar el registro catastral, estableciendo un plazo fijo para su finalización. Hay que someter a revisión los títulos de propiedad existentes, incluyendo el caso de tierras reclamadas por comunidades indígenas, con el objetivo de evaluar la legitimidad y resolver duplicaciones;
- k) Crear políticas de nutrición integrales, dirigidas a todas las formas de malnutrición, incluyendo la obesidad y la deficiencia de micronutrientes adecuadamente financiadas. Su impacto debe ser monitoreado y evaluado sobre la base de los indicadores de los derechos humanos pertinentes;
- l) Expandir la cobertura de la alimentación escolar para cubrir el 100% de los niños y las niñas con priorización en el área rural y aprovechando la modalidad de contratación denominada proceso simplificado (decreto gubernamental núm. 2000);
- m) Mejorar los sistemas de control y vigilancia contra el uso excesivo de plaguicidas;
- n) Implementar y monitorear cuidadosamente los reglamentos ambientales que protegen la salud humana, la degradación del suelo y la contaminación del agua que pueden ocurrir como resultado de la agricultura intensiva, así como la ganadería a gran escala;
- o) Crear bancos de semillas para mantener una diversidad genética de semillas y asegurar acceso a la participación equitativa de los beneficios que surjan de la utilización de tales recursos genéticos;
- p) Promover la agricultura orgánica, así como la agroecología, y prestarle apoyo, incluyendo mecanismos financieros e iniciación de programas de capacitación para la agricultura agroecológica;
- q) Reforzar la integración de la perspectiva de género en el marco institucional, jurídico y normativo sobre el derecho a estrategias y programas adecuados de seguridad alimentaria y nutricional, así como sobre el desarrollo rural, y apoyar a las agricultoras con incentivos adicionales y acceso al crédito, y otros recursos agrícolas;
- r) Implementar las recomendaciones de la Relatora Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas en el Paraguay según su informe presentado en 2015 al Consejo de Derechos Humanos;
- s) Expandir la cobertura de la pensión y ampliar los alimentos para cubrir el 100% de las personas mayores en la pobreza sin discriminación alguna;
- t) Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y los derechos de los defensores y las defensoras de los derechos humanos, incluyendo a los que trabajan en favor de la realización de los derechos económicos, sociales y culturales;
- u) Implementar las directrices voluntarias de la FAO para las actividades relacionadas a establecer políticas agrícolas nacionales, específicamente, las Directrices voluntarias en apoyo de la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional; las Directrices voluntarias sobre la gobernanza responsable de la tenencia de la tierra, la pesca y los bosques en el contexto de la seguridad alimentaria nacional; y los Principios para la inversión responsable en la agricultura y los sistemas alimentarios;
- v) Seguir esforzándose por aplicar los Objetivos de Desarrollo Sostenible, especialmente la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible”, y establecer un sistema nacional de supervisión de la revisión con enfoque de derechos humanos.
Y agregamos:
- w) Sancionar una Ley de seguridad alimentaria, suministro de alimentos y de creación de una reserva estratégica de alimentos, que contemple la producción, almacenamiento y distribución de los alimentos básicos para la subsistencia de la población nacional para enfrentar situaciones de emergencia ante las catástrofes incluyendo las derivadas del cambio climático local y global.
Bibliografía
Informe de la Relatora Especial sobre el derecho a la alimentación acerca de su misión al Paraguay. Naciones Unidas, 2017
Derechos Humanos Paraguay 2015 y 2016. Codehupy, 2015/2016
Mapa del Hambre 2015. Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), 2015
Global Food Security Index, The Economist, 2017
Panorama Social de América Latina, 2015, Comisión Económica para América Latina CEPAL, 2016
Benítez, Gerardo (2016).Agricultura Familiar: ODM y Gasto Público. Asunción, Centro de Análisis y Difusión de la Economía Paraguaya.
Situación nutricional de escolares y adolescentes que asisten a las Escuelas Públicas, Año 2007 a 2016. Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición INAN, 2016
Informes Anuales del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas SENAVE
Fuentes informativas consultadas: Ultima Hora, ABC Color, La Nación, 5 Días.
[1]Ultima Hora, 17 de junio de 2017. Disponible en http://www.ultimahora.com/pobreza-crecio-22-pese-planes-del-gobierno-y-expansion-economica-n1091557.html
[2]DGEEC. Datos de la Encuesta Permanente de Hogares 2016. Disponibles en: http://www.dgeec.gov.py/v1/Publicaciones/Biblioteca/pobreza_extrema/DATOS%20DE%20POBREZA%20POR%20DEPARTAMENTO.pdf
[3] OACDH. s/f. Informe de la Relatora Especial sobre el derecho a la alimentación acerca de su misión al Paraguay. Disponible en: http://ap.ohchr.org/documents/dpage_s.aspx?m=101
[4] Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), Mapa del hambre 2015 de la FAO. Disponible en: http://www.fao.org/hunger/es/.
[5]The Economist, Global Food Security Index. Disponible en: http://foodsecurityindex.eiu.com/ Country/Details#Paraguay
[6]OACDH, Informe de la Relatora Especial sobre el derecho a la alimentación acerca de su misión al Paraguay. Disponible en: https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G17/019/76/PDF/G1701976.pdf?OpenElement
[7] Cf. Comisión Económica para América Latina y el Caribe (2016).Panorama Social de América Latina, 2015 (LC/G.2691-P). Santiago, CEPAL.
[8]Última Hora, 9 de febrero de 2017. Disponible en: http://www.ultimahora.com/paraguay-es-el-sexto-exportador-carne-hace-dos-anos-n1061740.html
[9]Gaceta Oficial, 11 de agosto de 2017. Disponible en: http://extwprlegs1.fao.org/docs/pdf/par168916.pdf
[10]La Nación, 17 de octubre de 2017. Disponible en: http://www.lanacion.com.py/politica_edicion_impresa/2017/08/12/ejecutivo-promulga-ley-de-emergencia-de-agricultura-familiar-campesina/
[11]Declaración de Marcial Gómez, secretario general adjunto de la Federación Nacional Campesina (FNC), durante el mitin realizado frente al Ministerio de Agricultura el 11 de octubre de 2017: “La falta de una política de desarrollo productivo es un problema, mirando incluso solamente la producción hortícola. El 50% de los productos hortícolas de consumo básico nuestro país importa cada año por falta de una política de planificación, de acompañamiento crediticio y técnico, y de infraestructura, de manera a satisfacer el mercado interno de productos hortícolas durante todo el año. Además, materia prima industrializable tenemos en nuestro país gracias a nuestras pequeñas y pequeños productores…”. Disponible en:
https://www.facebook.com/pg/FederacionNacionalCampesina/posts/
[12]Última Hora, 17 de octubre de 2017. Disponible en:http://www.ultimahora.com/campesinos-retomaran-movilizaciones-fracaso-dialogo-n1113571.html
[13] Benítez, Gerardo (2016).Agricultura Familiar: ODM y Gasto Público. Asunción, Centro de Análisis y Difusión de la Economía Paraguaya.
[14]ABC Color, 7 de junio de 2017. Disponible en: http://www.abc.com.py/nacionales/san-lazaro-en-emergencia-alimentaria-1601457.html
[15]Última Hora, 6 de octubre de 2017. Disponible en http://www.ultimahora.com/falta-politica-enfrentar-efectos-del-cambio-climatico-n1111749.html
[16]Última Hora, 17 de junio de 2017. Disponible en:http://www.ultimahora.com/importacion-hortalizas-y-frutas-se-duplica-falla-politica-agricola-n1091797.html
[17]Algunas publicaciones al respecto: Louzada, María Laura da Costa et al (2015)“Alimentos ultraprocessados e perfil nutricional da dieta no Brasil”, en RevSaúde Pública 2015;49:38.Disponible en: http://www.scielosp.org/pdf/rsp/v49/pt_0034-8910-rsp-S0034-89102015049006132.pdf. / Crovetto, Mirta et al (2014), “Disponibilidad de productos alimentarios listos para el consumo en los hogares de Chile y su impacto sobre la calidad de la dieta (2006-2007)”, en Rev. méd. Chile vol.142 no.7 Santiago jul. 2014:850-858., Disponible en http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0034-98872014000700005&script=sci_arttext&tlng=pt. / Organización Panamericana de la Salud (2015) Alimentos y bebidas ultraprocesados en América Latina: tendencias, efecto sobrela obesidad e implicaciones para las políticas públicas. Washington DC, OPS. Disponible en: http://www.msal.gob.ar/images/stories/bes/graficos/0000000718cnt-2015-11_obesidad_OMS.pdf
[18]SISVAN, s/f. Situación nutricional de escolares y adolescentes que asisten a las Escuelas Públicas, Año 2007 a 2016. Asunción: INAN. Disponible en: https://drive.google.com/file/d/0B0fO30Y7z_VPNDVTN1U5ZzZ4akE/view
[19] Informes estadísticos del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE). Disponible en:http://www.senave.gov.py/boletin-estadistico.html
[20] Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE), Boletín, octubre de 2016. Disponible en: http://www.senave.gov.py/docs/boletin-estadistico/boletin-2016/BOLETIN-OCTUBRE2016.pdf